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sábado, 11 de octubre de 2014

Sistemas y comunicaciones del ámbito judicial



De la organización del Estado y la Administración electrónica
3. Sistemas y comunicaciones del ámbito judicial





SUMARIO: A modo de aclaración. 
1.Tecnología básica, su uso y actualización. 1.1. Preliminar. 1.2. El Gobierno electrónico. 1.3. Razones para implementar el Gobierno electrónico. 1.4. El derecho procesal a la luz del e-goverment
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2. Desarrollo de sistemas y su implementación. 2.1. Factor de desarrollo de plataformas y sistemas. 2.2. El Sistema Integrado de Gestión de Trámites de la Administración Pública (SIGTAP). 2.3. Factor humano. 

3. Sistemas y comunicaciones del ámbito judicial. 3.1. Internet. 3.2. Intranet y Extranet. 3.3. Correo electrónico. 3.4. Base de datos. 3.5. Desafíos. 

4. Informatización del Estado paraguayo. 4.1. Poder Ejecutivo. 4.2. Poder Legislativo. 4.3. Poder Judicial.


3. Sistemas y comunicaciones del ámbito judicial

            En el ítem siguiente a éste, se desarrolla los otros ángulos del gobierno electrónico paraguayo, que afectan la administración en dicho sentido, respecto a los poderes Ejecutivo y Legislativo. En éste, abordaré en particular el tema del Poder Judicial.

3.1. Internet

            El Poder Judicial tiene su portal en la Red, por Resolución Nº 780, del 30 de mayo del año 2006[26]. De ese modo, se encarga a la Dirección de Comunicación[27] el mantenimiento y actualización de dicho portal, colaborando con dicha tarea la Secretaría General, la Dirección de Planificación y Desarrollo y la Dirección de Informática y Sistemas.

            El Portal ofrece informaciones actualizadas, noticias y enlaces con varias dependencias judiciales.

3.1.1. Unidireccional

            Dicha Dirección de Comunicación, es la dependencia encargada de dar mayor publicidad a la gestión del máximo órgano judicial del país, y por ello dentro de sus funciones está la de facilitar el acceso a la información pública de la Corte Suprema de Justicia, proveer los datos referentes a las actividades principales de la misma, tanto a los medios de comunicaciones como a los ciudadanos en general.

            También debe desarrollar estrategias para utilizar estos nuevos medios emergentes, en especial los de Internet, al servicio de la institución, y de ese modo, mostrar la gestión pública del Poder Judicial.

            De ese modo la Corte Suprema de Justicia se limita a informar, y por ello, la comunicación es unidireccional.

            Las publicaciones emitidas son al efecto informativo, lo que importa un constante mensaje inserto en las páginas, con contenido de noticias e informes, elevadas al ciberespacio, que podrán ser vistas en cualquier lugar del planeta.

3.1.2. Interacción

            Desde el Portal del Poder Judicial no existe interacción directa. No se instaló ninguna plataforma ni programa que proporcione al usuario la oportunidad de contactarse en línea con algún funcionario público de la institución mencionada.

            Por el contrario, se habilitó el servicio de “infojusticia”, por línea telefónica[28].

            El servicio mencionado fue habilitado en el mes de mayo del año 2007, con dos líneas telefónicas gratuitas para brindar a la ciudadanía orientación sobre trámites relacionados a la función judicial, trámites, requisitos y oficinas vinculados al caso o gestión que le interesa; así se puede requerir informaciones sobre trámites y documentos básicos para presentaciones judiciales sobre asistencia alimenticia, maltratos en niños o adolescentes, violencia doméstica, filiación, denuncias sobre violaciones a la ética judicial, acceso al servicio de defensorías públicas, legalizaciones, autorizaciones para viaje de niños o adolescentes, ubicación de Juzgados, Tribunales, Defensorías y oficinas administrativas en general; costos de servicios y tasas.

            Como observación, se deja constancia que el servicio de “infojusticia” no provee información sobre estado de expedientes o la situación de trámites administrativos o judiciales.

            Cabe por último agregar, si bien se anotó anteriormente, que el Judisoft tampoco permite ningún tipo de interacción, siendo su plataforma directamente unidireccional.

            Hasta la fecha, desde una estación remota, es imposible plantear ningún tipo de recurso contra las resoluciones judiciales que se publican, ni mucho menos una aclaratoria. Tampoco es factible darse por notificado de alguna resolución o formular alguna petición. El sistema es solamente informativo.

3.2. Intranet[29] y Extranet[30]

            Como Intranet se denomina a una red privada, para compartir de forma segura información, que puede o no estar vinculada a Internet. “Las comunicaciones entre las distintas terminales de un mismo sistema se desarrollan en el ámbito conocido como Intranet”[31].

            En el caso del Poder Judicial, se implantó el Judisoft en varias Circunscripciones Judiciales, en especial entre juzgados de primera instancia, todos unidos en red, con la posibilidad de interactuar entre sí.

            Para ingresar desde fuera de dicha red, se debe contar con un usuario habilitado para el efecto, como en el caso de los abogados, pero es solo informativo, dado que no se puede interactuar.

            Sobre el Judisoft, funcionalidad y demás, me remito al punto 7.3. Experiencia lograda en el Poder Judicial, del Capítulo III.

3.3. Correo electrónico[32]

            La utilidad de este servicio resulta indiscutible, debido a que  sus atribuciones no solo se centran en la comunicación sino también con relevancia en el sector económico[33].

            Pero todavía el Poder Judicial no está completamente en sintonía con este avance, y no se ha establecido el uso de este servicio, en forma general.

            Procesalmente, como un medio de comunicación, importa para dar noticia rápida y barata de las resoluciones recaídas en los procesos judiciales.

            Se tropieza sin embargo, con cuestiones normativas y reglamentarias que han dejado de lado desde hace tiempo esta importante herramienta.

3.4. Base de datos

            Es aún muy ineficiente el servicio que procura proporcionar la Corte Suprema de Justicia a este respecto.

3.4.1. Jurisprudencias[34]

            En el Portal de la Corte Suprema de Justicia, algunos de los fallos son publicados por la División de Investigación, Legislación y Publicaciones del Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ)[35].

            El primer módulo fue –para muchos usuarios-, un fracaso rotundo, al igual que el segundo. Para el usuario fue casi imposible ingresar a la base de datos, y una vez que ingresaba, no podía utilizar el buscador por la dificultad que el mismo ofrecía.

            Luego se eliminó ese módulo y el actual es mucho mejor, pues ofrece una herramienta de búsqueda más sencilla, pero igual de inoperante.

            “El Sistema de Información y Análisis de la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia fue diseñado como herramienta para el análisis de las resoluciones judiciales dictadas por la Corte Suprema de Justicia desde el año 1995 en adelante, sistematizándolas a través de la metodología de la sumarización e indización. Asimismo, se han incorporado a la Base de Datos, algunas resoluciones dictadas por otros órganos jurisdiccionales, como los Tribunales de Apelación en lo Penal y el Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia, en vista de la trascendencia. El grupo de trabajo designado para el efecto fue la División de Investigación, Legislación y Publicaciones del CIEJ, cuyos integrantes recibieron una capacitación especial… A la fecha un total de 8.061 resoluciones (que abarcan el período comprendido entre el año 2000 al 2004) ha sido clasificado y analizado dentro de la Base de Datos, la cual está disponible dentro de la Red Interna del Poder Judicial para todos los magistrados y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia, en la Capital, y a través de JUDISOFT en las Circunscripciones Judiciales del interior. Asimismo, la Base de Datos de Jurisprudencia es accesible a los abogados, catedráticos y demás interesados, a través de la Página Web del Poder Judicial, en Internet. Las investigadoras de la División de Investigación, Legislación y Publicaciones han elaborado un total de 9.628 resúmenes en el marco del análisis de la jurisprudencia”[36].

3.4.2. Acordadas

            Ocurre todo lo contrario con las Acordadas, pues a las mismas se puede acceder muy fácilmente.

            Es factible una búsqueda por año, por tema, por número, y hasta inclusive introduciendo algunas palabras claves, y siempre arroja algún resultado. Si bien, no están aún cargadas todas las acordadas, pero es un servicio que es extremadamente útil.

            La conveniencia desde mi perspectiva, deviene justamente de la herramienta de búsqueda. Por decir, hace unos años la misma Corte Suprema de Justicia había publicado un compendio de Acordadas que contenía casi la totalidad de las dictadas, desde hace décadas, hasta el año 2003, aproximadamente. Ese libro, si bien tenía distintos índices por materias, años, e inclusive, temas, siempre ofrece la dificultad de búsqueda propia de un material escrito.

            Al tener una base de datos con las Acordadas en la forma dispuesta por la Corte en el Portal mencionado, es mucho más práctico al momento de inquirir sobre temas determinados. Inclusive, la aplicación permite conocer si la Acordada en cuestión sigue vigente o si ha sido modificada o derogada.

            De allí, que parece interesante y provechoso dicho portal. Agrego como otro argumento, el hecho que el ingreso a ese sitio es de acceso gratuito.

3.5. Desafíos

            Desde la mira del Derecho Procesal, el Poder Judicial afrontará uno de los más difíciles retos que se le han presentado en toda su historia.

            Pero si algo ha mostrado la tecnología, es que su paso deja marcadas huellas, rompiendo estructuras, e inclusive generando una eventual exclusión.

            Pero no por ello dejó de avanzar. Al contrario, en los últimos cinco años creció más que los anteriores veinte, que en su momento lo habían sido, más que los cincuenta años precedentes. La exclusión o –como otros la denominan, brecha-, no ha representado ningún obstáculo para que a diario se presenten equipos más modernos, y tecnología más rápida y eficiente.

            Tampoco fue óbice para la aceptación general, y con esa coyuntura de interoperabilidad, se saltó más lejos de lo que se esperaba. De allí el panorama, incontrolablemente evolucionado y creciente, es el que se muestra inminente para su implementación en el Poder Judicial.

            Mucho sufrió el ente, cuando tuvo que dejar de lado la clásica máquina de escribir, para sustituirla por el procesador de texto, que lejos de servir –al principio-, fue más obstáculo. En fin, se pasó esa línea y hoy cuantos al ver una máquina de escribir ni se imaginan qué utilidad pudo alguna vez haber tenido la misma.

            Pero aún falta camino que recorrer para la administración de justicia. Y este sendero que ahora se muestra solo en mezquinos reflejos, y tal vez en sueños de unos pocos, será aún mucho más espinoso de lo que se cree, debiendo la marcha ajustarse a apretujadas etapas.

            Ahora es una herramienta el correo electrónico, útil desde varias perspectivas, que el Poder Judicial tiene que incorporar de alguna manera dentro del proceso. Cómo hacerlo, es la interrogante mayúscula.

            El aprovisionamiento de adecuados equipamientos informáticos, es otro reto que a diario se muestra en la vitrina de la escueta galería que exhibe el despacho judicial contemporáneo, y ni hablar, de la sala de audiencias futura.

            Otro enorme desafío será la creación del sistema informático que como plataforma sostendrá al expediente judicial, de ahí en más, exclusivamente electrónico, con un total grado de comunicación bidireccional, a fin de permitir la interacción. Si bien es cierto, a medias hoy nos muestra el Judisoft dicha realidad.

            El expediente electrónico representará para la Corte Suprema de Justicia un avance histórico, que reflejará en su máxima expresión las reglas técnicas de economía procesal, inmediatez, celeridad y publicidad.

            Existirá una accesibilidad más auténtica, transparente, ágil y eficiente, mostrando además, de ese modo, el compromiso social de dicha institución con el ambiente, pues se dejará de utilizar el papel (oficinas sin papel se predicaba en España).

            Un desafío ambicioso, ¿pero no fue así, cuando se implementó el Judisoft? Muchos se enojaron, la Corte tropezó con los funcionarios, con los abogados, con los justiciables en aquel entonces, pero hoy, todos preguntan y qué pasó, porqué no se siguió con el desarrollo del mismo.

[26] http://www.pj.gov.py/direc_comunicacion.asp [visitado el 22 de marzo del año 2011]
[27] La Dirección de Comunicaciones fue creada por la Corte Suprema de Justicia, según Acta Nº 65, del 27 de diciembre de 2005, “con el objetivo de llevar adelante la política comunicacional que garantice el acceso a la información pública del Poder Judicial y genere espacios de socialización y colectivización de su gestión a través de la implementación de mecanismos institucionales de comunicación”.
[28] http://www.pj.gov.py/infojusticia.asp [acceso: marzo, 2011]
[29] Para el glosario del Servicio de Informática y Comunicaciones de la Universidad de Zaragoza, “intranet” es la “Red propia de una organización, diseñada y desarrollada siguiendo los protocolos propios de Internet, en particular el protocolo TCP/IP. Puede tratarse de una red aislada, es decir no conectada a Internet” [Fuente: http://sicuz.unizar.es/adsl/glosario.html visitado el 20 de enero de 2011]
[30] “Entramado que permite el acceso a ciertos usuarios externos, debidamente autorizados” (Jaume Bennasar, Andrés, “La validez del documento electrónico y su eficacia en sede procesal”, p. 96).
[31] Hocsman, Heriberto Simón, “Negocios en Internet”, p. 144.
[32] Correo electrónico, en inglés electronic mail, más conocido por su denominación y abreviación como: “e-mail” que para el glosario del Servicio de Informática y Comunicaciones de la Universidad de Zaragoza es la “aplicación mediante la cual un ordenador puede intercambiar mensajes con otros usuarios de ordenadores (o grupos de usuarios) a través de la red. El correo electrónico es uno de los usos más populares de Internet. Dícese también de los mensajes enviados a través de este medio” (Fuente: http://sicuz.unizar.es/adsl/glosario.html)
[33] “La creciente utilización del correo electrónico se debe a las innumerables ventajas económicas que presenta. En primer lugar, se debe tener en cuenta la velocidad y rapidez de este sistema… La segunda ventaja que presenta este tipo de comunicación es la de los costos… Otra ventaja que debe destacar es que se puede acceder al correo electrónico y a otros documentos de manera más rápida y más precisa que a documentos impresos en papel… Una de las mayores ventajas que presenta es la velocidad de búsqueda de la información… Para concluir…, este sistema agiliza vertiginosamente las comunicaciones…” (Hocsman, Heriberto Simón, “Negocios en Internet”, p. 144/5).
[34] http://www.csj.gov.py/jurisprudencia
[35] Creado por Resolución Nº 119/96, para investigar la organización y funcionamiento de la administración de justicia con miras a fomentar su perfeccionamiento constante, realizar estudios que aconsejen y propicien los cambios requeridos para el efecto, tanto en el orden legislativo como administrativo, y la indagación de los requerimientos de la sociedad en estas materias.
[36] Fuente: http://www.pj.gov.py/ciej_actividades.asp (acceso en julio, 2011).


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