La historia
jurídica enseña que el hombre fue perfeccionando a través de su transitar por
el tiempo la concepción de las Ciencias y de la convivencia en derecho, del modo
que de acuerdo a las diferentes necesidades que emergían, las respuestas
llegaban de algún modo para tal efecto.
Inconvenientes
patrimoniales, de sucesión y herencias, maritales inclusive, todo en un
universo de cuestiones que obligaron a los juristas a emprender la tarea
heroica de atinarles soluciones. Y ese recorrido, muchos lograron apremiantes
moldes de codificación y juzgamientos, recordados siempre como el Código de
Hammurabi, Las Siete Partidas, y hasta hace poco, el Código de Napoleón.
Estas
gestaciones descendientes de doctrinas, análisis, estudios, criterios y opiniones
de los de su época, engendraron posibles remedios para despachar los eminentes
y urgentes conflictos que saltaron de la época primitiva (ojo por ojo) a la más
civilizada, dejando en manos del Rey y del Estado.
Evolución
que desde donde nos encontramos a estas alturas, llanamente es viable
describirla en unos cuantos párrafos, pero que en puridad representaron todo lo
que fueron para llegar consolidar, de una u otra manera, lo que hoy
usufructuamos de manera holgada e indiferente.
Podemos afirmar que muchos conceptos han cambiado, han mutado de una u otra manera, pero también es plenamente factible admitir que se generaron una inmensa cantidad de nuevas instituciones, nuevos recursos y en tal sentido, también nuevos conflictos jurídicos.
En definitiva, como nuestra sociedad varió incuestionablemente durante estas últimas décadas, pues así también lo ha hecho en forma constante las Ciencias Jurídicas, y prueba de ello es el "Derecho Informático".
Muchos hasta hace un tiempo atrás le negaban autonomía, y afirmaban con soltura de que el mismo tan solo o era una derivación más del derecho civil o penal, o era parte del derecho administrativo, pero que no podía considerarse como una rama autónoma. Hoy día, pues está totalmente claro que efectivamente es una rama independiente, que lógicamente se relaciona muy fuertemente con el Derecho Constitucional, con el Derecho Civil (como muchas otras), con el Derecho Penal, con el Laboral, Administrativo, Fiscal, Financiero y con el Derecho Procesal.
Presentamos este blog entonces con estas palabras preliminares. El objetivo es publicar todo lo relacionado al Derecho Informático y sus distintas características, contenido y desarrollo.
Atte.
Podemos afirmar que muchos conceptos han cambiado, han mutado de una u otra manera, pero también es plenamente factible admitir que se generaron una inmensa cantidad de nuevas instituciones, nuevos recursos y en tal sentido, también nuevos conflictos jurídicos.
En definitiva, como nuestra sociedad varió incuestionablemente durante estas últimas décadas, pues así también lo ha hecho en forma constante las Ciencias Jurídicas, y prueba de ello es el "Derecho Informático".
Muchos hasta hace un tiempo atrás le negaban autonomía, y afirmaban con soltura de que el mismo tan solo o era una derivación más del derecho civil o penal, o era parte del derecho administrativo, pero que no podía considerarse como una rama autónoma. Hoy día, pues está totalmente claro que efectivamente es una rama independiente, que lógicamente se relaciona muy fuertemente con el Derecho Constitucional, con el Derecho Civil (como muchas otras), con el Derecho Penal, con el Laboral, Administrativo, Fiscal, Financiero y con el Derecho Procesal.
Presentamos este blog entonces con estas palabras preliminares. El objetivo es publicar todo lo relacionado al Derecho Informático y sus distintas características, contenido y desarrollo.
Atte.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario